La mayoría de los ciudadanos de la UE y sus familiares en el Reino Unido, incluidos los niños, deben solicitar el estatus de asentado (EUSS), incluso si han vivido en el Reino Unido durante mucho tiempo o incluso si tienen una tarjeta de residencia permanente. Los únicos ciudadanos de la UE que no necesitan aplicar son los que tienen la ciudadanía británica o irlandesa o los que ya tienen ‘Permiso indefinido para permanecer’ (Indefinite Leave to Remain), aunque es aconsejable que estos últimos apliquen al EUSS ya que les confiere derechos adicionales a su “Permiso Indefinido para Permanecer”. 

Si aplicó al estatus de asentado (EUSS) antes del 30 de junio de 2021 y se le otorgó el estatus de asentado (settled status), entonces conserva todos los derechos establecidos anteriormente.

Si se le otorgó el estatus de pre-asentado, también conserva todos los derechos que se muestran arriba, pero es posible que para reclamar beneficios de asistencia social (como el crédito universal) tenga que mostrar información adicional para probar su derecho a residir para poder reclamar prestaciones sociales. 

Para demostrar que tiene estatus de asentado o pre-asentado, deberá conectarse en línea aquí (https://www.gov.uk/view-prove-immigration-status).

Si presentó una solicitud antes de la fecha límite, sus derechos están asegurados aunque aún esté esperando la decisión del Ministerio del Interior (Home Office) sobre su solicitud. En este caso, podrá usar su “Certificado de solicitud” (Certificate of Application) para generar un código que le permitirá demostrar sus derechos. 

Si presentó una solicitud después de la fecha límite, sus derechos están seguros si todavía está esperando recibir una decisión del Ministerio del Interior sobre su solicitud. En este caso, puede remitirse a su “Certificado de solicitud” (Certificate of Application) para demostrar sus derechos o generar un código desde la página de Gov. uk para demostrar que aún está a la espera de una respuesta. 

Si el Ministerio del Interior rechaza su aplicación, es posible que pierda muchos de sus derechos en el Reino Unido. En este caso, puede solicitar al Ministerio del Interior que reconsidere su decisión aunque debería buscar asesoramiento sobre cómo hacerlo. Es conveniente hacer esto lo antes posible.

Si llegó antes del 31 de diciembre de 2020 y no ha aplicado, y ​​no tiene otro estatus migratorio válido, entonces no puede demostrar que tiene derechos en el Reino Unido. Aún puede acceder a la atención médica primaria de emergencia, al apoyo de emergencia de la autoridad local y enviar a sus niños a la escuela, pero se puede decir que se encuentra en el Reino Unido ilegalmente sin “recurso a fondos públicos”. Debe presentar una solicitud fuera de plazo al estatus de asentamiento (EUSS) lo antes posible y buscar asesoramiento si lo necesita.

Los miembros de la familia de ciudadanos de la UE que califiquen también están protegidos por el Acuerdo de Retirada y se les puede otorgar un estatus bajo el EUSS. Los miembros de la familia se dividen en dos categorías: los que residían en el Reino Unido antes de las 11 pm del 31 de diciembre de 2020 y los que no eran residentes del Reino Unido en esta fecha pero desean unirse en un futuro a su familiar de la UE que reside en el Reino Unido (reunificación familiar).

La relación familiar entre el solicitante y el familiar de la UE debe haber comenzado antes del 31 de diciembre de 2020. Para los niños, las reglas son ligeramente diferentes, ya que los niños nacidos o adoptados después del 31 de diciembre de 2020 pueden tener derecho a unirse a su familiar de la UE si son hijos de un ciudadano de la UE y su cónyuge o pareja de hecho. En el caso de las parejas de hecho, deben demostrar que han estado en una relación estable por al menos los dos años anteriores al 31 de diciembre de 2020. 

Algunas personas a las que se les ha otorgado el estatus de asentado o pre-asentado, o que tienen un certificado de solicitud, aún pueden tener dificultades para tener acceso a sus derechos. El estado de pre-asentado (pre-settled status)  y el estatus de asentado (settled status) son digitales y, a menos que sea familiar no Europeo, no obtendrá prueba física de su estado.

Si tiene dificultades, su primer punto de ayuda es la línea de ayuda del Ministerio del Interior:

Desde el Reino Unido, llame al 0300123 7379.

De lunes a viernes (excepto festivos), de 8 a 20 h

Sábados y domingos, de 9:30 a.m. a 4:30 p.m.

Desde fuera del Reino Unido, llame al +44 (0) 203080 0010.

De lunes a viernes (excepto festivos), de 8 a 20 h

Sábados y domingos, de 9:30 a.m. a 4:30 p.m.

También puede ponerse en contacto con Settled llamando al 0330223 5336 o enviando un correo electrónico a [email protected]

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